viernes, 26 de abril de 2024

Subvenciones TURISMO – 2013

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ConvocatoriaOrden de 15 de julio de 2013, por la que se modifica la de 14 de junio de 2011, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva en materia de Turismo para el ejercicio 2013 y se aprueba el cuadro resumen de las bases reguladora

Lugar de publicación: BOJA de 30 de julio de 2013

Organismo convocante: Consejería de Turismo y Comercio de la Junta de Andalucía

Ámbito: Autonómico

Cuantía total de la convocatoria: 4.500.000 euros para el año 2013 y 1.500.000 euros para el año 2014. Cofinanciada con fondos FEDER

Línea de Subvención: Servicios turísticos y creación de nuevos productos

 Conceptos subvencionables: Según el servicio o producto subvencionado. Ver convocatoria (nº 2.a del cuadro resumen)

Solicitantes:  Pequeñas y medianas empresas (PYME) establecidas en Andalucía que ocupen a menos de 250 personas y su volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros

 Requisitos: Estar inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía en los supuestos en que se preste algún servicio turístico legalmente declarado y se hayan establecido reglamentariamente los requisitos necesarios para su prestación e inscripción en dicho Registro o prestar algún servicio integrable en la actividad turística o tengan incidencia en el sector turístico. Estos requisitos podrán ser cumplidos una vez se inicie la prestación del servicio o actividad turística

 Otros requisitos: Ver convocatoria (nº 3 del cuadro resumen)

 Cuantía de las subvenciones: 30% de la inversión aceptada, con un importe máximo de 200.000 euros por solicitud y proyecto subvencionable.

Gastos subvencionables:

a) Construcciones, excluidos los terrenos.

b) Trabajos de proyecto y dirección facultativa.

c) Mobiliario e instalaciones.

d) Sistemas de Información, software y equipos informáticos (hardware), directamente relacionadas con el Turismo.

e) Maquinaria

f) Otros: Ver convocatoria (nº 5.c.1.f del cuadro resumen)

 – No se considerarán gastos subvencionables los generados por personal propio, los gastos de las auditorías internas de la empresa, los gastos financieros ocasionados por el desarrollo del proyecto, ni el IVA cuando sea susceptible de recuperación o compensación.

 Aportación de fondos propios: La aportación de fondos propios por la persona beneficiaria para financiar la actividad subvencionada será, al menos, del 25% de la inversión subvencionable, libre de toda ayuda

Documentación a presentar junto con la solicitud: Ver convocatoria (nº 15 del cuadro resumen)

 Plazo de solicitud: El comprendido entre los días 31 de julio y 30 de agosto de 2013, ambos incluidos

Lugar de presentación: En cualquiera de los registros siguientes:

 En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/turismoycomercio/.

 En los lugares y registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Descargar formulario de solicitud

Descargar formulario para alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos


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